Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

V. Función pública y régimen prestacional y de seguridad social 233 mujeres, a quienes se les debe tener en cuenta la edad de 50 años. Como es posible que se presente el caso de que alguna ser- vidora beneficiada con este régimen de transición, al haber continuado en el servicio se encuentre en las condiciones pre- vistas en el artículo 36 de la ley 100 de 1993, tendrá derecho a optar por el régimen que le resulte más favorable. II) Régimen general de transición del sector de comunicacio- nes Para quienes cumplieran los requisitos previstos en el artí- culo 36 de la ley 100 de 1993, el régimen anterior del cual se mantiene la edad, el tiempo de servicio y el monto de la pensión, es el siguiente: 1) Si se ocupaban cargos de excepción, las leyes 28 de 1943 -parágrafo del art. 1º - y 22 de 1945 -art. 1º., parágrafos 2º y 3º - y el decreto 2661 de 1960 -art 11-. 2) Si no se desempeñaban tales cargos, la ley 33 de 1985. III) Regímenes de transición especial 1) Los servidores de INRAVISIÓN, que al entrar en vigencia la Constitución de 1991 ocuparan los cargos o desempeñaran las actividades señaladas en el artículo 11 del decreto 2661 de 1960, están sometidos a un régimen especial de transi- ción, distinto del previsto en el artículo 36 de la ley 100 de 1993, pues de acuerdo con el artículo 9º del decreto ley 1835 de 1994 “se les aplicarán íntegramente las normas especiales en materia pensional” vigentes a esa fecha, esto es las leyes 28 de 1943 -parágrafo del artículo 1º-y 22 de 1945- parágra- fos 2º y 3º del artículo 1º- y el decreto mencionado -artículo 11-, lo cual significa que el legislador excepcional los exoneró de todo requisito, salvo el de estar vinculados con anteriori- dad a la fecha indicada y ocupar cargos de excepción. Sin embargo, las normas acabadas de mencionar se aplicarán igualmente a los servidores de INRAVISION, hipotéticamente vinculados a cargos de excepción entre el 7 de julio de 1991 y el 1º de abril de1994, que cumplan necesariamente los requi- sitos previstos en el artículo 36 de la ley 100 de 1993. 2) Según el artículo 10 del decreto 1835 de 1994, a los servi- dores de TELECOM que al momento de transformarse la en-

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