Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 202 mesada pensional a partir de los 55 años de edad, tal como lo contempla la normatividad bajo la cual la entidad demandada le reconoció el au- mento pensional del 85% del ingreso base de liquidación. Prohibición de recibir doble asignación del tesoro público. Alcance Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 31/10/2018 Radicado: 25000-23-42-000-2015-00753-01(3786-16) Ponente: Carmelo Perdomo Cuéter Conceptos citados: Sala de Consulta y Servicio Civil Fechas: 27/01/1994 y 10/05/2001 Radicados: 580 y 1344 Ponentes: Jaime Betancourt Cuartas y Flavio Augusto Rodríguez Arce A efectos de determinar el alcance del vocablo “asignación”, es preciso tener en cuenta el análisis que sobre el particular hizo el Consejo de Es- tado, sala de consulta y servicio civil, a través del concepto 1344 de 10 de mayo de 2001, consejero ponente Flavio Augusto Rodríguez Arce, al indicar: El desarrollo jurisprudencial del término “asignación”, puede resumirse así: “con este vocablo genérico se designa en ha- cienda pública toda cantidad de dinero que se fija y destina al pago de las prestaciones relacionadas con el servicio público oficial”, según la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia - sentencia del 11 de diciembre de 1961 -. Por su parte, esta Sala en la Consulta 896 de 1997 667* sostuvo que “...la prohibición de recibir más de una asignación del te- soro público, está estrechamente relacionada con el ejercicio de empleos en el sector oficial o con el pago de prestaciones provenientes del ejercicio de estos empleos (...) las asignacio- nes mencionadas en dichas normas comprenden los sueldos, prestaciones sociales y toda clase de remuneración que tenga como fundamento un vínculo o relación laboral con entidades 667 *Nota editorial: El concepto citado: es errado, pues el texto transcrito corresponde al Concepto n.º 580 de 1994.

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