Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

V. Función pública y régimen prestacional y de seguridad social 145 pago de los salarios de sus servidores (recurso humano), y en la construcción y/o adecuación de su infraestructura, dotación de recursos técnicos y financieros. 2. Las personas que han venido laborando en el Hospital San Salvador de Chiquinquirá son, en su gran mayoría, empleados públicos y, por ende, tienen todos los derechos que la ley les reconoce por su calidad de tales, sin perjui- cio naturalmente de que al estudiar las situaciones indivi- duales se encuentren servidores vinculados por contrato de trabajo bajo las disposiciones de la ley 10ª de 1990 y 3. La figura jurídica de la dación en pago, aunque es un me- canismo general apto para extinguir las obligaciones, no representa una alternativa viable en este caso dado el ca- rácter público de los bienes que integran el patrimonio o los recursos del Hospital, sobre los cuales no se tiene libre disposición. (…). Por lo demás, conviene advertir que de acuerdo con el análisis de la Sala de Consulta y Servicio Civil de ésta Corporación, los servidores del Hos- pital San Salvador de Chiquinquirá, tenían el carácter de empleados pú- blicos incluida la demandante. Independencia económica. Determinación de la congrua subsistencia Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 28/02/2008 Radicado: 25000-23-25-000-2000-08522-01(9915- 05) Ponente: Bertha Lucía Ramírez de Páez Otras sentencias que citan el mismo concepto: Sentencia del 26/08/2010. Rad. 25000-23-25- 000-2000-08085-02(2082-08)/ Sentencia del 07/07/2011. Rad. 25000-23-25-000-2006-07639- 02(1600-09)

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