Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

1. Administración Pública y Servicio Civil 77 mos 41 , efectuó algunas referencias al personal administrativo vinculado a las mismas, dentro de las cuales no se encuentra la regulación de la na- turaleza del vínculo que bajo la nueva organización del servicio educativo ostentaría el personal administrativo. (…) Este vacío aparente fue objeto de consideración por la Corte Constitucio- nal en la Sentencia C-299 de 30 de junio de 1994, en la que declaró la inexequibilidad de una norma del Decreto 1210 de 28 de junio de 1993 “ por la cual se reestructura el régimen orgánico especial de la Universidad Nacional de Colombia” 42 , en la cual se definía dentro del personal admi- nistrativo quienes ostentarían la calidad de empleados públicos de libre nombramiento y remoción y quienes la de trabajador oficial 43 , bajo el argumento de que la clasificación de los cargos dentro de la estructura de un ente universitario autónomo correspondía al mismo ente a través de sus estatutos. Al respecto, manifestó la providencia referida: “El marco legal al cual debe someterse la universidad tiene unos límites precisos y limitados; por lo tanto, la ley no puede extender sus regulaciones a materias relativas a la organiza- ción académica o administrativa, como sería por ejemplo, en los aspectos relacionados con el manejo docente, (selección y clasificación de sus profesores), admisión del personal discen- te, programas de enseñanza, labores formativas y científicas, designación de sus autoridades administrativas, manejo de sus recursos, etc. Si el legislador se insmicuyera (sic) en los aspectos referidos o en otros de igual significación, estaríamos en presencia de una intervención indebida en la vida de la universidad y se incurriría en una violación de su autonomía. (...) 41 Cita original n.º 2: Artículo 57 ibídem. 42 Cita original n.º 3: Expedido por el Presidente de la República en ejercicio de las facul- tades conferidas por el artículo 142 de la Ley 30 de 1992. 43 Cita original n.º 4: Artículo 25 del Decreto 1210 de 1993: “ El personal administrativo vinculado a la Universidad nacional será: de libre nombramiento y remoción, de carrera administrativa o trabajadores oficiales. Son empleados de libre nombramiento y remoción quienes desempeñan cargos de di- rección, confianza, supervisión, vigilancia y manejo. Son trabajadores oficiales quienes desempeñan labores de construcción de obras y de jardinería.” El aparte subrayado fue objeto de demanda.

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