Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1
Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 594 a todo un procedimiento para la solución de un litigio eventual surgido de un contrato celebrado” 522 . Pliego de condiciones. Características Sentencia: Consejo de Estado. Sección Tercera Fecha: 08/06/2006 Radicado: 76001-23-31-000-1996-02716-01(15005) Ponente: María Elena Giraldo Gómez Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 27/11/1986 Radicado: 79 Ponente: Jaime Betancur Cuartas Por su parte, la Sala de Consulta y Servicio Civil en concepto del 27 de noviembre de 1986 , también se pronunció sobre el punto, en vigencia del decreto ley 222 de 1983: “En la licitación pública como la privada es de máxima impor- tancia el pliego de condiciones. Como que es la base fun- damental sobre la cual el licitante invita a los oferentes a ha- cer sus propuestas y en el que se plasman por así decirlo, las reglas del juego que regirán para todos los proponentes y el licitante durante la licitación. Es de tal importancia el pliego de condiciones que la doctrina tradicionalmente lo ha deno- minado ‘ la ley del contrato’ (v. José R. Dormí, La licitación pública, Astreas, Buenos Aires, 2da. edición 1977, pág 196). En el pliego de condiciones no sólo debe figurar una copia del contrato que se celebrará con el oferente favorecido, sino todas las condiciones que en una u otra forma inciden en la adjudica- ción, en orden a mantener la igualdad jurídica de los oferentes en el concurso ( )” 523 . 522 Cita original n.° 7: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto 838 del 24 de junio de 1995, C.P. Roberto Suárez Franco. 523 Cita original n.° 3: CONSEJO DE ESTADO. Consejero Ponente: Dr. Jaime Betancur Cuar- tas. Radicación 79. Consulta de 27 de noviembre de 196 formulada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Levantada la reserva el 12 de febrero de 1991.
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