Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

1. Administración Pública y Servicio Civil 57 bles se pueden dar varias hipótesis que fueron resueltas en la consulta, pero que en materia de conformación de la lista de elegibles se precisó así: “[…]Los actos administrativos dictados en los procesos de selección convocados por las entidades estatales con anterioridad al 12 de julio de 1999, día de ejecutoria de la sentencia de la Corte Constitucional, en los cuales no hubiere quedado en firme el acto de conformación de la lista de elegibles, perdieron su fuerza ejecutoria.”. Actos de adjudicación del servicio público de transporte terrestre. Efectos de la derogatoria de la norma que lo sustenta Sentencia: Consejo de Estado. Sección Primera Fecha: 27/11/2014 Radicado: 05001-23-31-000-2003-03901-01 Ponente: María Claudia Rojas Lasso Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 26/02/2004 Radicado: 1551 Ponente: Gustavo Aponte Santos Dada la pertinencia con el tema objeto de estudio, la Sala considera ne- cesario tener en cuenta los planteamientos expresados en el concepto de fecha 26 de febrero de 2004 proferido por la Sala de Consulta y Servicio de esta Corporación con ponencia del doctor Gustavo Aponte Santos, en el que se refirió a los efectos de la derogatoria del Decreto 171 de 2001 frente a los actos administrativos particulares de adjudicación del servi- cio público de transporte terrestre en la modalidad “preferencial de lujo”, en los siguientes términos: “4. Derogatoria de los artículos 30 a 34 del decreto 171 de 2001 . El Gobierno Nacional mediante decreto 2963 del 4 de diciembre de 2002 resolvió - en ejercicio de la potestad reglamentaria de la que es titular (art. 189.11 de la C. P.) -, derogar los artículos 30 a 34 del Capítulo IV del decreto 171 de 2001 que reglamentaba el procedimiento para acceder a la prestación del servicio de transporte de pasajeros en el nivel preferencial de lujo, atrás descrito. Con esta determinación el “servicio preferencial de lujo” se mantuvo en la norma como una de las clases o modalidades de prestación del servicio pero sin procedimiento de evaluación y adjudicación.

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