Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1
Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 524 “g) La utilización por parte de la administración de privilegios de poder público, rompiendo la igualdad formal de las partes contratantes con el empleo de estipulaciones no usuales ni ad- misibles en los contratos privados por razón del interés público envuelto en el contrato, como cuando se conviene la caduci- dad administrativa, la vigilancia de la ejecución del contrato, la reversión de los elementos afectados a su cumplimiento, sin indemnización y a favor del Estado el cambio de especifica- ciones, el reajuste de precios, o cualquiera de las llamadas cláusulas exorbitantes; “h) La calificación que la propia ley le da al contrato como ad- ministrativo, en forma directa o indirecta, como cuando exige la incorporación de la cláusula de caducidad administrativa en los de obras, servicios y explotación de bienes del Estado, o al asignar como jurisdicción para sus controversias los tribunales contencioso - administrativos, casos en que se trata de contra- tos administrativos por definición legal; “i) El objeto del contrato, como en los casos citados en letra anterior. “j) La vinculación del contrato a un fin de interés público, o sea, a un servicio público, circunstancia no relevante, puesto que, siempre, todos los contratos de la administración, aún los de derecho privado, tienen en definitiva una finalidad de esta naturaleza, ya que la administración no puede tener objetivos extraños a los servicios estatales, por lo cual este criterio se ha precisado diciendo que esa vinculación ha de ser un fin inme- diato de servicio público”. Contratos de sociedades de economía mixta. Régimen jurídico Sentencia: Consejo de Estado. Fecha: 13/11/2018 Radicado: 13001-23-31-003-1999-00319-01(55230) Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 15/10/1995 Radicado: 1133 Ponente: Augusto Trejos Jaramillo
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