Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 516 SALVAMENTO DE VOTO A este respecto, estimo oportuno precisar que el concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil de esta Corporación (radicación número: 11001- 03-06-000-2006-00026-00(1727), 20 de febrero de 2006) citado en este fallo, alude a la ley de garantías electorales, por lo que sus reflexiones no pueden hacerse extensivas al giro normal de las actividades de los pres- tadores de servicios públicos domiciliarios y, en especial, a un asunto que no está rodeado de las particularidades propias de un proceso de elecciones presidenciales. Lo anterior, podría llegar a poner en tela de juicio la interpretación pacífi- ca y armónica de la jurisprudencia en torno a la aplicación de lo prescrito por los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, en consonancia con el artículo 3º de la Ley 689, los artículos 8 y 76 de la Ley 142 y el artículo 55 de la Ley 1341. Normas todas que señalan que en el ámbito de los ser- vicios públicos la regla general es la aplicación de las reglas del derecho común. Sentencia: Consejo de Estado. Sección Tercera. Fecha: 04/06/2015 Radicado: 73001-23-31-000-2003-00634-01(37566) Ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 11/07/2002 Radicado: 1427 Ponente: Susana Montes Echeverri La jurisprudencia del Consejo de Estado ha estudiado ampliamente el régimen de los actos, contratos y hechos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, y al efecto ha señalado que con independencia de la naturaleza del ente prestador están sometidos, por regla general, al derecho privado y, por ende, a la justicia ordinaria, salvo las excepciones contempladas en la ley. Entre los actos sujetos al régimen de derecho público, la ley de servicios públicos consagra de manera expresa, entre otros, los siguientes: los contratos en los cuales se pacten cláusulas exor- bitantes, los contratos de concesión, y aquellos que se relacionen con los usuarios 440 . prestadores públicos de servicios públicos domiciliarios”. Sala de Consulta y Servicio Civil; radicación número: 11001-03-06-000-2006-00026-00(1727); 20 de febrero de 2006; Consejero ponente Enrique José Arboleda Perdomo. 440 Cita original n.° 71: Consejo de Estado – Sala de Consulta y Servicio Civil, concepto de 11 de julio de 2002, Rad. 1427, M.P. Susana Montes de Echeverri.

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