Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 472 Contrato de fiducia mercantil. Aplicación del régimen presupuestal Sentencia: Consejo de Estado. Sección Cuarta. Fecha: 24/09/2009 Radicado: 25000-23-27-000-2005-00060-01(16370) Ponente: Hugo Fernando Bastidas Bárcenas Concepto citado: Consejo de Estado. Sala de Consulta y Servicio Civil. Fecha: 14/12/2005 Radicado: 1705 Ponente: Gustavo Aponte Santos Ahora bien, cuando parte de los recursos destinados a conformar el pa- trimonio autónomo son públicos, surge la inquietud de sí, una vez que han entrado a formar parte del patrimonio autónomo siguen siendo de la entidad pública que los aportó. Sobre el particular se precisa que de conformidad con el artículo 2 del Decreto 1550 de 1995 “Los recursos entregados para ser manejados a través de negocios fiduciarios, que no desarrollen el objeto de la apro- piación , no se constituyen en compromisos presupuestales, excepto la re- muneración pactada con la entidad fiduciaria.” (negrilla fuera de texto). Por lo expuesto, la entrega a encargos fiduciarios de recursos originados en los presupuestos de las entidades estatales no desarrolla el objeto de la apropiación, y por tanto, no se entienden ejecutados presupuestal- mente. En cambio, en la fiducia mercantil, al involucrar transferencia de la propiedad de los bienes a favor del patrimonio autónomo, si desarrolla el objeto de la apropiación entendiéndose debidamente ejecutada. En concepto del 14 de diciembre de 2005, la Sala de Consulta y Servicio Civil, precisó lo siguiente respecto de las disposiciones sobre disponibili- dad presupuestal: “a) A los patrimonios autónomos derivados de contratos de fi- ducia mercantil no se les aplican en su operación las dispo- siciones sobre disponibilidad presupuestal y autorización de vigencias futuras. En efecto, como ya se dijo, los patrimonios (19) de julio de 2006. Radicación número: 11001-03-06-000-2006-00069-00(1759). Actor: MINISTRO DEL MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRIORIAL. Referencia: Fideicomiso de administración FOCAFE. Contrato de encargo fiduciario. Terminación. Liquidación. Restitución de los recursos.

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