Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

IV. Contratación Estatal 429 liquidar el correspondiente contrato, su reclamación re- sulta procedente en virtud del principio que prohíbe el enriquecimiento sin justa causa, para lo cual debe acu- dirse a la acción de reparación directa. ( )” (Destacado con negrilla por fuera del texto original). Igualmente la Sala de Consulta y de Servicio Civil del Consejo de Estado señaló lo siguiente en concepto que emitió el día 18 de julio de 2002 328 : “No se requiere la celebración de contrato adicional en los con- tratos de obra por precios unitarios cuando lo que varía no es el objeto del contrato sino la estimación inicial de las cantidades de obra y, como consecuencia del aumento en las mismas, el valor final del contrato aumenta. Por ello, debe ejecutarse el contrato hasta su culminación y la Administración debe reali- zar el manejo presupuestal requerido para atender sus propias obligaciones derivadas de la forma de contratación adoptada y pagar oportunamente al contratista la ejecución de la obra”. Contrato adicional. Modificación del objeto, plazo y valor del contrato Sentencia: Consejo de Estado. Sección Quinta Fecha: 20/05/2004 Radicación: 44001-23-31-000-2003-0872-01(N. Interno: 3314) Ponente: María Nohemí Hernández Pinzón Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 15/03/1990 Radicado: 350 Ponente: Jaime Betancur Cuartas De acuerdo con las disposiciones anteriores el contrato adicional sola- mente estaba concebido para modificar el plazo o el valor convenido, sin tocar, en nada, el objeto mismo del contrato. Esto condujo a destacar que en la formulación conceptual elaborada por la Ley existía una im- precisión, puesto que en manera alguna podía concebirse el contrato adicional para alterar el plazo o el valor convenido, cuando el objeto se mantenía incólume, pues se afirmó que para ello no era menester acudir a ese instrumento contractual sino que podía hacerse por vía de otra fi- 328 Cita original n.° 2: Concepto 1.439. Solicitante: Ministerio del Interior.

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