Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1
Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 396 Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 30/04/2008 y 30/10/1996 Radicado: 1881 y 906 Ponente: Enrique José Arboleda Perdomo y César Hoyos Salazar. “ Sobre los rendimientos financieros generados por dineros públicos, re- sultan ilustrativas las siguientes precisiones de la Sala de Consulta y Servicio Civil de esta Corporación 294 : i. Por “rendimientos financieros” deben entenderse los frutos civiles de los recursos (entendidos como un capital que produce intereses) 295 . ii. Los rendimientos financieros pertenecen al dueño del capi- tal, de manera que si este es de la Nación, al producirse tales rendimientos acrecen al Tesoro Nacional, y si es de un estable- cimiento público, al de este. iii. En los contratos celebrados por una entidad pública como contratante, en los que se entreguen dineros a título de pago del precio de un contrato, y a cambio se reciba un bien o ser- vicio, como este último es el propietario del monto del pago recibido, por lo mismo lo es de los rendimientos financieros o intereses que produzca la inversión del precio recibido. En estos contratos, si hay un “precio anticipado”, una vez pagado pertenece al contratista y por lo mismo sus rendimientos (sal- vo pacto en contrario), pero si hay un “anticipo”, dado que se entiende como una forma de financiamiento, los rendimientos financieros pertenecen al contratante. El anticipo pasará a ser parte del precio, en la medida en que se amortice siguiendo las cláusulas del contrato. iv. Por el contrario, si una entidad pública como contratante entrega unos dineros en administración, verbi gratia para ser invertidos, éstos no ingresan al patrimonio del contratista, y por lo mismo los rendimientos que lo acrecen son de la entidad contratante que es la propietaria del capital. En este caso, el precio del contrato lo constituyen las comisiones, primas de resultado, una suma fija o cualquier otra forma de retribución que se pacte. 294 Cita original n.º 36: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, concepto del 30 de abril de 2008, exp. 1881, C.P. Enrique José Arboleda Perdomo. 295 Cita original n.º 37: [cita original del texto] Consejo de Estado, Sala de Consulta y Ser- vicio Civil, concepto del 30 de octubre de 1996, exp. 906, C.P. César Hoyos Salazar.
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