Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1
II. Asuntos electorales 359 ción, transitoria, señaló el inicio del período siguiente del Presidente y de los períodos posteriores, hasta hoy. La Constitución vigente en parte alguna señala la fecha de ini- ciación del período del Presidente, sino sólo, en el artículo 190, que será elegido para un período de cuatro años”. (Se resalta). Aunque en términos generales el planteamiento anterior es vá- lido en relación con los efectos jurídicos de carácter transitorio, se observa que el mencionado artículo A transitorio de la refor- ma constitucional de 1910 está derogado por el artículo 380 de la Constitución de 1991, que dejó sin vigor la de 1886 y todas sus reformas. Sin embargo, la fecha de posesión presidencial no cae en un vacío jurídico, como podría pensarse, por cuanto la ley 4ª de 1913, que en este aspecto se considera vigente, prescribe que dicha posesión tiene lugar el 7 de agosto del año respectivo”. Presidente de la República. Período Sentencia: Consejo de Estado. Sección Quinta Fecha: 15/01/2010 Radicado: 11001-03-28-000-2006-00170-01 Ponente: Antonio José Lizarazo Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 18/02/1999 Radicado: 1173 Ponente: Augusto Trejos Jaramillo Primero: la fecha de inicio del período del Presidente de la República no se encuentra fijada en el artículo 190 de la Constitución -que el actor indica como infringido por el acto demandado-. Es más, como sostiene el Procu- rador Delegado, la Constitución de 1991 no estableció el 7 de agosto como fecha de inicio del período presidencial. El artículo 192 de dicha codifica- ción se limita a señalar que “ El Presidente de la República tomará posesión de su destino ante el Congreso” , pero ni ésta ni ninguna otra disposición constitucional fijan la fecha. La única disposición de la que podría dedu- cirse que el 7 de agosto es la fecha de posesión del Presidente es el artículo 270 del Código de Régimen Político y Municipal (Ley 4 de 1913), en la que se indica que “ el período de duración del presidente será de cuatro años, a
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