Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

II. Asuntos electorales 297 es inequívoco el artículo 291 al señalar que el congresista debe declararse impedido cuando observe que existe un conflicto de intereses para conocer y participar sobre determinado proyecto o decisión trascendental” . Por otra parte, la Sala Plena Contencioso Administrativa 205 y la Sala de Consulta 206 de esta Corporación han señalado que “ el conflicto de intere- ses podría darse de forma contundente cuando se trata de la intervención de los Congresistas en el proceso de formación de normas jurídicas que luego vendrían a favorecerlos de forma particular y concreta, como cuando se dictan normas relativas al régimen del derecho penal estando el congre- sista sometido efectivamente a una investigación penal ”. Conflicto de intereses de congresistas. Configuración en el proceso legislativo Sentencia: Consejo de Estado. Sala Plena de lo Contencioso Administrativo Fecha: 06/05/2014 Radicado: 11001-03-15-000-2013-00865-00(PI) Ponente: Enrique Gil Botero Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 15/05/2008 Radicado: 1903 Ponente: Luis Fernando Álvarez Jaramillo La Sala no desconoce que el conflicto de intereses podría darse de forma contundente cuando se trata de la intervención de los congresistas en el proceso de formación de normas jurídicas que luego vendrían a favore- cerlos de forma particular y concreta, como cuando se dictan normas re- lativas al régimen del derecho penal estando el congresista sometido efec- tivamente a una investigación penal, cosa que no sucede en este caso. Este tema fue tratado por la Sala de Consulta del Consejo de Estado en el concepto del 15 de mayo de 2008 207 , y así se concluyó en ese dictamen. 205 Cita original n.º 80: Sentencia de 23 de marzo de 2010, Exp. 2009-00198, C.P. Dr. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas. 206 Cita original n.° 81: Concepto de 15 de mayo de 2008. 207 Cita original n.° 28 “1. ¿Debe un congresista declararse impedido de participar en los debates y votaciones aspecto del proyecto de Acto Legislativo números 047 de 2007 Cámara y 014 de 2007 Senado, porque la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal le ha abierto una investigación preliminar por actos relacionados con

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