Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 286 Autoridad política y civil. Concepto Sentencia: Consejo de Estado. Sala Plena de lo Contencioso Administrativo Fecha: 20/02/2012 Radicado: 11001-03-28-000-2010-0063-00 2010-00063 (Acumulado con 2010-00067 y 2010- 0060) Ponente: Susana Buitrago Valencia Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 05/08/2007 Radicado: 1831 Ponente: Gustavo Aponte Santos A juicio de la Sala Plena, debe precisarse el alcance de la voz activa que rige la conducta atinente a la autoridad civil o política, derivada del verbo “ejercer”, que, como ya se dijo, se conjugó en presente bajo la forma ver- bal “ejerzan”. Dicho verbo se define como “1. Practicar los actos propios de un oficio, facultad o profesión. 2. Hacer uso de un derecho, capacidad o virtud. 3. Realizar sobre alguien o algo una acción, influjo, etc. 4. Poner en práctica formas de comportamiento atribuidas a una determinada con- dición.” 196 . (…) Esta forma de comprender dicha inhabilidad por ejercicio de autoridad ha sido acogida en el Consejo de Estado, tanto en la Sala de Consulta y Servi- cio Civil, como en la Sala Plena y desde luego en la Sección Quinta. Así, la Sala que tiene a cargo la función consultiva de esta Corporación ha dicho que el ejercicio de autoridad se determina objetivamente, en razón de las funciones asignadas al cargo, motivo por el cual “No es necesario, enton- ces, que el funcionario haya ejercido materialmente su autoridad, [pues] basta con tenerla en razón de las funciones asignadas.” 197 . 196 Cita original n. º 2: Diccionario de la Real Academia Española. 197 Cita original n.° 3: Concepto n.° 110010306000200700046-00 (1831) del 5 de julio de 2007. Actor: Ministerio del Interior y de Justicia.

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