Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1
Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 216 Arguye la demandante que con la expedición del acto acusado el Ministe- rio de Transporte excedió los límites legales por falta de competencia, en tanto que el Congreso de la República delegó la función de establecer los elementos de los avalúos de inmuebles para proyectos de infraestructura del transporte con sus componentes de daño emergente y lucro cesante en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-, entidad que profirió las Resoluciones nros. 898 de 19 de agosto de 2014, 1044 de 29 de sep- tiembre de 2014 y 316 de 18 de marzo de 2015 en uso de sus facultades legales. (...) De ahí que, para la Sala Unitaria, en un primer análisis de legalidad de la Resolución demandada, se pueda colegir que la regulación del Ministerio de Transporte excedió las competencias asignadas por el Legislador, co- moquiera que dicha entidad se arrogó la facultad de indicar los elemen- tos de daño emergente y lucro cesante que deben ser objeto de avalúo en los procesos de adquisición de predios para proyectos de infraestructura de transporte, que corresponde al IGAC, conforme se desprende de los artículos 23 y 37 de la Ley 1682. (...) Es preciso señalar que “El principio de legalidad previsto en los artículos 6, 121 y 122 de la Constitución Política (C.P.), es un postulado esencial del Estado Social de Derecho y de toda manifestación del poder público, conforme al cual será legítima la actuación de las autoridades en cuanto se desarrolle dentro del preciso ámbito funcional definido por el legislador, por lo que se proscriben las actuaciones de los servidores públicos que im- pliquen omisión o extralimitación en el ejercicio de las mismas 156 ”. Proceso de cobro coactivo. Alcance Sentencia: Consejo de Estado. Sección Primera Fecha: 09/02/2012 Radicado: 25000-23-24-0002010-00130-01 Ponente: María Elizabeth García González 156 Cita original n.º 20: Ver concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Magistrado Ponente: Germán Alberto Bula Escobar. 26 de marzo de 2014. Radicación nro. 11001-03-06-000-2013-00383-00.
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