Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

1. Administración Pública y Servicio Civil 215 ductas imputadas sean correctamente señaladas a fin de que puedan ejercerse con plenitud los derechos de defensa y de controversia […]». La situación del actor fue resuelta en forma definitiva mediante la sentencia de 11 de mayo de 2002, por lo que en la actualidad no es objeto de discusión ni debate judicial, siendo evidente que nos hallamos frente a una situación jurídica consolidada que no puede ser modificada por esta Sala por virtud de la aplicación de disposiciones expedidas siete (7) años después y, en consecuencia, no se accederá a revocar la sentencia de 11 de mayo de 2004, M.P. Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, mediante la cual se confirmó la sentencia de primera instancia de 4 de marzo de 2003, proferida por la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la cual se decretó la pérdida de su investidura de concejal de Bogotá D.C., para el período 2001 – 2003. Principio de legalidad de las actuaciones de los servidores públicos Auto: Consejo de Estado. Sección Primera Fecha: 31/05/2018 Radicado: 11001-03-24-000-2017-00434-00 Ponente: María Elizabeth García González Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 26/03/2014 Radicado: 2156 Ponente: Germán Alberto Bula Escobar La ciudadana CATALINA OTERO FRANCO , en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimien- to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA-, presentó demanda ante esta Corporación, con el fin de que se declarara la nulidad, previa suspensión provisional de los efectos de la Resolución nro. 2684 de 6 de agosto de 2015, «Por medio de la cual se indican los elementos de daño emergente y lucro cesante que deben ser objeto de avalúo en los procesos de adquisición de predios para proyectos de infraestructura de transporte, contenidos en la Ley 1682 de 2013 modificada por la Ley 1742 de 2014, para las entidades adscritas al Ministerio de Transporte», expedida por el Ministerio de Transporte. (...)

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