Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

1. Administración Pública y Servicio Civil 117 selección de personal se adelanten sin presiones de ninguna clase y lejos de los intereses políticos o burocráticos”. 66 Concurso público de méritos. Lista de elegibles. Naturaleza jurídica y efectos Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 03/02/2011 Radicado: 76001-23-31-000-2005-04662-01(1508-09) Ponente: Bertha Lucía Ramírez de Páez Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 04/02/2010 Radicado: 1976 Ponente: Luis Fernando Álvarez Jaramillo La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, mediante Concepto n.°1976 de 4 de febrero de 2010, Actor: Ministerio del Interior y de Justicia M.P. Dr. Luis Fernando Alvarez Jaramillo, con relación al tema sub judicie, expuso que la lista de elegibles de los Concursos de Méritos, es un acto administrativo de contenido particular y concreto que resulta inmodificable una vez esté en firme; en los siguientes términos: “… Por regla general, las etapas que se deben surtir para el ac- ceso a cualquier cargo de carrera son: i) convocatoria: Fase en la cual se consagran las bases del concurso, es decir, to- dos aquellos factores que habrán de evaluarse, así como los criterios de ponderación, aspectos que aseguran el acceso en igualdad de oportunidades al aspirante; ii) reclutamiento: En esta etapa se determina quiénes de las personas inscritas en el concurso cumplen con las condiciones objetivas mínimas señaladas en la convocatoria para acceder a las pruebas de aptitud y conocimiento. Por ejemplo, edad, nacionalidad, tí- tulos, profesión, antecedentes penales y disciplinarios, expe- riencia, etc.; iii) aplicación de pruebas e instrumentos de se- lección: A través de estas pruebas se establece la capacidad profesional o técnica del aspirante, así como su idoneidad respecto de las calidades exigidas para desempeñar con efi- 66 Cita original n.º 7: Corte Constitucional. Sentencia C-471 de 2013. M.P. Dra. María Victoria Calle Correa.

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