Conceptos en la jurisprudencia de la Corte Constitucional

13 Presentación Presentación E l Consejo de Estado colombiano encuentra, sin lugar a dudas, un marco de referencia en el modelo francés, que tuvo en sus orígenes una vocación consultiva y fue adquiriendo gradualmente funcio- nes jurisdiccionales. Este camino fue recorrido de manera similar por las constituciones nacionales y sus desarrollos legislativos. Sin embargo, frente al aumento de actividades judiciales a cargo del tribunal supremo de lo contencioso administrativo, la función consultiva no ha resultado debilitada. La práctica ha demostrado, y esta obra así lo confirma, que el Consejo de Estado, en su faceta de cuerpo supremo consultivo del Gobierno consa- grada en la Constitución Política (artículo 237), ha contribuido no solo a la toma de mejores decisiones por parte de las autoridades públicas, sino también a los jueces en su quehacer de administrar justicia. En efecto, en la jurisprudencia se evidencia que las decisiones judiciales se han servido en múltiples oportunidades de los conceptos que emite la Sala de Consulta y Servicio Civil en variadas materias, pese a su carácter no vinculante. Bajo estas consideraciones, la presente obra tiene como propósito iden- tificar, compilar y dar a conocer las decisiones proferidas por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en sus diferentes secciones, y por la Corte Constitucional, en las que fueron tomados en consideración los conceptos emitidos por la Sala de Consulta y Servicio Civil, para de estar manera dar cuenta de la importancia e impacto que tienen en la función judicial confiada a dos de nuestras altas cortes. Cabe señalar que esta obra es una complementación y actualización del importante trabajo dirigido por el doctor Augusto Hernández Becerra, que fue publicado en dos tomos en el año 2017, en el marco de la cele- bración de los 100 años de historia del Consejo de Estado. Es por esta razón que esta obra toma los nombres de aquellas publicaciones y sigue el número y denominación de sus capítulos, salvo el número VIII “la ac- ción de tutela”, que se suprimió y se reubicaron los temas allí contenidos.

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