Conceptos en la jurisprudencia de la Corte Constitucional
VI: Hacienda pública, bienes del estado y tributos 115 VI: Hacienda pública, bienes del Estado y tributos Bienes de uso público universal. Características Sentencia: Corte Constitucional Radicado: C-822 de 2011 Fecha: 02/11/2011 Ponente: Mauricio González Cuervo Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 05/12/2002 Radicado: 1469 Ponente: Susana Montes de Echeverri 6.3.7. Finalmente, la demanda considera que, en este caso, no se aprecia ninguna justificación para aumentar la carga tributaria al concesionario, pues según su interpretación, éste terminaría pagando los impuestos por sus propios bienes y sobre otros bienes ajenos sobre los cuales adelan- ta los trabajos o actividades resultantes del contrato de concesión. Con respecto a éste argumento se reitera una vez más que por su naturaleza y según las disposiciones legales 114 los bienes de uso público son inem- bargables, imprescriptibles e inalienables. Como lo ha dicho el Consejo de Estado, Sala de Consulta Civil, “Los bienes de uso público universal o bienes públicos del territorio son aquellos que su dominio pertenece a la Repú- blica, su uso pertenece a todos los habitantes de territorio y están a su servicio permanente, es decir, que por su propia naturaleza, ninguna entidad estatal tiene la titularidad del dominio similar a la de un particular puesto que están al ser- vicio de todos los habitantes” 115 . 114 Cita original n.º 87: Artículo 63 constitucional, Código Civil artículo 674 115 Cita original n.º 88: CONSEJO DE ESTADO, SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL, Radicación número: 1469, Concepto de diciembre cinco (5) de dos mil dos (2002), Consejero ponente: SUSANA MONTES DE ECHEVERRI.
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