Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
Consejo Superior de la Judicatura 93 Discriminación a una servidora pública para ingresar al cuerpo de Bomberos Voluntarios en razón de su sexo Extracto No. 28 Radicación CE-SEC5-EXP1995-NAC3123 Fecha de la providencia 26 de octubre de 1995 Consejero Ponente Miren de la Lombana de Magyaroff Actor BARL Demandado Comandante de los Bomberos Voluntarios de Villamaría Medio de Control Acción de Tutela Categoría - Descriptor ACCIÓN DE TUTELA - Finalidad / DERECHO A LA IGUALDAD / DISCRIMINACIÓN / BOMBEROS VOLUNTARIOS Hechos Relevantes: “[L]apeticionaria [e]s empleadade laadministración municipal. Se desempeña como Secretaria de la Inspección Primera Promiscua de Villamaría e inscrita en carrera administrativa con evaluación excelente en los dos años anteriores. Solicitó al anterior Comandante de Bomberos la tuviera en cuenta para pertenecer a la Institución para lo cual se sometió a los requerimientos y fue aceptada el 10 de mayo de 1995. Ante un rumor sobre política administrativa del nuevo comandante decidió informar al señor Personero Municipal y lo invitó a una reunión el 29 de julio de 1995, para tratar el tema pero no se hizo presente. El 10 de agosto de 1995 el nuevo comandante le solicitó hacer entrega de las prendas y del locker asignado y le dio plazo de cinco días para hacerlo. Con la misma fecha le solicitó las razones por las cuales se le desvinculaba de la institución. El 17 de agosto de 1995, el señor Comandante le respondió -este Comando considera inconveniente por razones de organización interna la vinculación de personal femenino-.” Problema Jurídico: “[¿Vulnera el derecho a la igualdad de la parte actora la decisión del 17 de agosto de 1995 por parte del Comandante del Cuerpo de Bomberos de Voluntarios de Villamaría, de abstenerse de incluir entre su equipo de trabajo a una persona del género femenino?]” Ratio Decidendi: “La acción de tutela establecida en el Art. 86 de la C.N. tiene por objeto proteger los derechos fundamentales violados o amenazados por la acción u omisión de las autoridades. La acción en estudio procede sólo cuando no existen medios de defensa
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