Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

72 No se configura el abandono del cargo frente a la inasistencia al trabajo por atención de madre hospitalizada, por constituir justa causa Extracto No. 17 Radicación CE-SEC2-EXP1992-N4815 Fecha de la providencia 15 de junio de 1992 Consejero Ponente Joaquín Barreto Ruíz Actor Álvaro Rodríguez García Demandado Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA Medio de Control Nulidad y Restablecimiento del Derecho Categoría - Descriptor DERECHO A LA FAMILIA Y AL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MISMA Hechos Relevantes: Servidor público con madre hospitalizada, situación que comunicó a la administración, se ausentó del trabajo durante dos días, lo que ocasionó la declaración de abandono del cargo por no existir licencia previa. Problema Jurídico: ¿La inasistencia al trabajo sin previa licencia para atender a madre hospitalizada configura el abandono del cargo? Ratio Decidendi : “A juicio de la Sala las circunstancias del presente asunto no determinan que el actor hubiera tenido obligación de solicitar previamente la licencia por dos días que pidió ya estando ausente, ni alguna otra, precisamente porque cuando llegó a su casa su señora madre el 26 de juniode 1987 - a las 12 p.m. él no se encontraba laborando y su jornada se reiniciaba el martes 30, ya que el lunes 29 era festivo. De tal manera que exigir en esas condiciones trámite y obtención de licencia no resulta razonable, teniendo en cuenta que el estado de salud de ella ameritó su hospitalización el siguiente 2 de julio, como lo acreditó el demandante cuando dio sus explicaciones a la demanda. También afirma la demandada que la inasistencia del actor no obedeció razones que la ley trata como fuerza mayor o caso fortuito. Al respecto, la Sala considera que ello es cierto, con arreglo a la definición legal que de esa figura, traeenel artículo 1º de la ley 95 de 1890. Pero tambiénes evidente, que a término del artículo 126 del decreto 1950 de 1973 de la juridicidad de la audiencia no está condicionada a la necesaria existencia de fuerza mayor o caso fortuito sino a una justa causa, concepto éste más amplio que los anteriores y compresivo de ellos, debido a que es posible

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