Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

624 Condena al Estado por ejecución extrajudicial de un ciudadano por su condición social de punkero Extracto No. 30 Radicación 85001-23-33-000-2013-00035-01(51388) Fecha de la providencia 07 de septiembre de 2015 Consejero Ponente Jaime Orlando Santofimio Gamboa Actor Fanny Lozano Moreno y Otros Demandado Nación – Ejército Nacional y Otros Medio de Control Reparación Directa Categoría - Descriptor DERECHO A LA IGUALDAD – Convicciones políticas o filosóficas Hechos Relevantes: El 28 de marzo de 2007, en la Vereda El Viso del Municipio deManí (Casanare) murió en la operaciónmilitar denominada “MISIL”, el joven ANDRÉS FABIÁN GARZÓN LOZANO, al parecer, por su identidad cultural de “punkero”. Problema Jurídico: “En aplicación a los derechos de las comunidades indígenas y de su autonomía, se encuentra ajustada a derecho la condena impuesta por la jurisdicción indígena a un ciudadano no perteneciente a la comunidad.” Ratio Decidendi: Derivado de la misma sus familiares han tenido que padecer ya no sólo la situación material sino la crudeza de dicha estigmatización que condena la dignidad de estos mismos al tener que escuchar y tolerar la discriminación social que impone la asociación de una persona por su identidad cultural, “punkero”, con la delincuencia o la realización de acciones violatorias de la ley. (…). Desde la perspectiva del derecho internacional humanitario, la Sala de Sub-sección encuentra que se produjo la violación del principio de humanidad, y de este se vulneraron la dignidad humana y el respeto de la vida humana del joven ciudadano ANDRÉS FABIÁN GARZÓN LOZANO, a quien no podía segarse de manera alevosa e indiscriminada, como ocurrieron los hechos el 28 de marzo de 2007, al contravenirse las reglas básicas que estaban llamadas a aceptar los miembros de la población civil, quienes (…) no pueden ser involucrados deliberadamente en el conflicto armado interno de Colombia.

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