Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
Consejo Superior de la Judicatura 619 Programa madre canguro - Protección constitucional a niños menores de 6 meses Extracto No. 28 Radicación 11001-03-15-000-2014-03353-01(AC) Fecha de la providencia 19 de marzo de 2015 Consejero Ponente Susana Buitrago Valencia Actor Luzmila Rojas Estrada en representación de su menor hija A.C.A.R Demandado Salud Total S.A. E.P.S. Medio de Control Acción de Tutela Categoría - Descriptor PROGRAMA MADRE CANGURO INTEGRAL - Noción. Fases / NIÑOS - Sujetos de especial protección constitucional / AMPARO DE LOS DERECHOS A LA SALUD, SEGURIDAD SOCIAL, VIDA DIGNA Y DIGNIDAD HUMANA - Se ordena incluir a menor de 6 meses de edad al programa Madre Canguro Integral y se autoriza el suministro de medicamento Hechos Relevantes: “La accionante pertenece al régimen contributivo de la seguridad social en salud y se encuentra afiliada a la EPS Salud Total. Manifestó que el 22 de septiembre de 2014 dio a luz a su hija menor de edad [A.C.A.E.], con apenas 34 semanas de gestación, por lo que permaneció 10 días en la UCI del Hospital Infantil Universitario de San José. Que el 1º de octubre de 2014, el hospital le dio orden de salida a la menor y fue incluida en el Plan Madre Canguro Integral, con el fin de llevar a cabo los controles en su estado de salud, debido a su condición de prematura. El 2 de noviembre de 2014, la EPS Salud Total excluyó a la menor del Plan Canguro, a pesar de que la permanencia en el programa debe ser de 12 meses, con el argumento de que completó la edad de gestación de 40 semanas y porque, “es solo para los empleados de esa EPS o para quien tenga palanca. Dicha actuación la consideró vulneratoria de sus derechos fundamentales y los de su hija menor de edad, quien es un sujeto de especial protección constitucional.” Problema Jurídico: “Corresponde a la Sala entrar a determinar si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia dictado por la Sección Cuarta de esta Corporación, por medio del cual amparó las pretensiones de la tutela instaurada por la señora [L.R.E.] en representación de A.C.A.R., teniendo en cuenta que se trata de un sujeto de especial protección constitucional y que su progenitora se encuentra incorporada en el programa Madre Canguro Integral.”
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