Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
60 Insubsistencia de empleada en estado de embarazo que no superó el período de prueba - Estabilidad laboral reforzada Extracto No. 11 Radicación CE-SEC2-EXP1978-N2336 Fecha de la providencia 4 de febrero de 1978 Consejero Ponente Ignacio Reyes Fosada Actor Gloria Beatriz Castañeda de Mandonnet Demandado La Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público Medio de Control Nulidad y Restablecimiento del Derecho Categoría - Descriptor DERECHOS LABORALES, AL TRABAJO Y A LA SEGURIDAD SOCIAL – Fuero de maternidad / DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS – Protección a la maternidad y a la lactancia Hechos Relevantes: Servidora en estado de embarazo es retirada del servicio mediante declaración de insubsistencia, en concomitancia al momento en que la administración considera que no superó en forma satisfactoria el periodo de prueba como empleada de carrera. Problema Jurídico: ¿El fuero de maternidad que limita el ejercicio de la facultad de remoción se extiende a la empleada de carrera administrativa que no supera el periodo de prueba? Ratio Decidendi: «La Sala encuentra fundado el criterio del Tribunal en cuanto aceptó como debidamente probado el estado de embarazo de la actora en el momento en que su nombramiento fue declarado insubsistente, y así mismo cuando aceptó el beneficio de estabilidad relativa de que gozaba en virtud de encontrarse inscrita en la carrera administrativa en período de prueba, lo que impedía su desvinculación sin el agotamiento de los procedimientos establecidos en los artículos 45 del Decreto 2400 de 1968 y 240 del Decreto 1950 de 1973. En efecto, esta Sala ha sido enfática en reiterar la defensa de la estabilidad relativa de que gozan los empleados de carrera, incluyéndose en ellos a quienes se encuentran en período de prueba. (…). En el presente caso se encuentra probado que la actora estaba inscrita en la ca rrera en período de prueba y que el Departamento Administrativo del Servicio Civil había solicitado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el concepto reglamentario sobre la conducta y eficiencia de la funcionaria y aunque aparece también en el expediente la respuesta
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