Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

Consejo Superior de la Judicatura 517 Reconocimiento de pensión de sobreviviente de manera igualitaria para la cónyuge supérstite y la compañera permanente Extracto No. 192 Radicación 11001-03-15-000-2020-00489-00(AC) Fecha de la providencia 30 de abril de 2020 Consejero Ponente Milton Chaves García Actor Inés Neffer Jiménez De Martínez Demandado Tribunal Administrativo De Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección A Medio de Control Acción de Tutela Categoría - Descriptor TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL / PENSIÓN SOBREVIVIENTE / CONVIVENCIA SIMULTÁNEA CON LA CÓNYUGE SUPÉRSTITE Y CON LA COMPAÑERA PERMANENTE / IMPROCEDENCIA DEL TRATO DISCRIMINATORIO OTORGADO A LA COMPAÑERA PERMANENTE RESPECTO A LA CÓNYUGE DE UN CAUSANTE Hechos Relevantes: “El señor José Daniel Martínez Parra estuvo vinculado a la Policía Nacional desde el 1 de junio de 1962 hasta el 26 de noviembre de 1971, fecha en la que fue retirado del servicio por invalidez absoluta. Falleció el 31 de octubre de 1994, y como consecuencia de lo anterior, la señora Inés Jiménez de Martínez, en calidad de cónyuge supérstite, solicitó la sustitución de la pensión de invalidez, derecho que le fue reconocido. En el momento en que falleció, el señor Martínez Parra convivía con la señora Teresa Cerón desde el año 1983, con quien procreó dos hijos. Por tal razón, la señora Cerón también solicitó el reconocimiento de la sustitución pensional el 24 de mayo de 1995. Por medio de la Resolución núm. 015890 del 23 de octubre de 1995, la Policía Nacional negó el reconocimiento y pago de la sustitución pensional. Por lo anterior, la señora Teresa Cerón ejerció medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación – Ministerio de Defensa, Policía Nacional. Del proceso adelantado por la señora Cerón conoció, en primera instancia, el Juzgado 51 Administrativo de Bogotá en sentencia del 11 de diciembre de 2018, negó las pretensiones de la demanda. La señora Teresa Cerón interpuso recurso de apelación y la Sección Segunda, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia del 17 de octubre de 2019, revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró la nulidad parcial de los actos demandados y ordenó el reconocimiento y pago de la

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