Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

486 Daños causados a mujer víctima de violencia económica doméstica por afectación a su derecho a una tutela efectiva - Dilación injustificada de investigación penal Extracto No. 182 Radicación 50001-23-31-000-2003-30307-01(40251) Fecha de la providencia 30 de agosto de 2018 Consejero Ponente Stella Conto Díaz del Castillo (E) Actor Nidia Consuelo Amaya Herrera Demandado Nación - Rama Judicial - Fiscalía General De La Nación Medio de Control Reparación Directa Categoría - Descriptor DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA – Igualdad procesal / DERECHO A LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMNACIÓN – Intrafamiliar Hechos Relevantes: “El 11 de enero de 1995, una mujer denunció a su compañero permanente por atentar contra sus derechos a la integridad, autodeterminación, vivir una vida libre de violencia y contra sus bienes, dado que fue expulsada de su casa en forma violencia junto con sus hijos menores de edad, por parte de su pareja. Además, que éste ejerció contra la mujer acciones fraudulentas sobre bienes y recursos económicos, entre éstas, el diligenciamiento de una supuesta letra de cambio en favor de tercero. El 17 de agosto de ese mismo año, la fiscalía profirió resolución de acusación por el delito de falsedad en documento privado contra el sindicado. Luego, el 31 de mayo de 2000, el juzgado penal condenó a pagar una suma de dinero con intereses corrientes y perjuicios morales en favor de la mujer. Pero, el 30 de agosto de 2001, el Tribunal Superior dejó sin efectos la sentencia condenatoria al determinar que ésta había prescrito el 26 de marzo de 2001. Problema Jurídico 1: Determinar si el daño alegado por la actora se debió a la pérdida de oportunidad que ésta sufrió por la falta de resolución efectiva y oportuna de proceso penal donde se encontraba como parte civil, ante la prescripción de la acción penal y, si ésta se constituyó en una afectación relevante del derecho constitucional a una tutela judicial efectiva. Ratio Decidendi 1: “Al analizar la atribución del daño a la Nación-Rama Judicial, observa la Sala que, en los casos de prescripción de la acción

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