Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

Consejo Superior de la Judicatura 461 Fuente Formal: CONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 90 / LEY 600 DE 2000 / LEY 270 DE 1996 – ARTÍCULO 68 / DECRETO 2700 DE 1991 – ARTÍCULO 414 Decisión: NEGAR las pretensiones de la demanda. Aclaración de voto del magistrado Guillermo Sánchez Luque: “Las consideraciones sobre la mujer como sujeto especial de protección, aunque valiosas son ajenas, en esta ocasión, a la materia objeto de decisión y por ello escapan a lo estrictamente necesario para decidir [obiter dictum].” Nota de Relatoría: Sobre el feminicidio como delito autónomo, ver: Corte Constitucional, sentencia C-297 de 2016.

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