Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
Consejo Superior de la Judicatura 443 Concurso de méritos – Enfermedad catastrófica Extracto No. 166 Radicación 11001-03-15-000-2018-00412-00(AC) Fecha de la providencia 5 de abril de 2018 Consejero Ponente Stella Jeannette Carvajal Basto Actor Olga Lucía Mora Otálora Demandado Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca y otros Medio de Control Acción de Tutela Categoría - Descriptor DERECHO A LA SALUD – Atención diferenciada Hechos Relevantes: “[L]aactora(…) solicitóa laUnidaddeAdministración deCarreraJudicial trasladopor razonesdesaluddelmunicipiodePalmira, lugar donde se desempeña como citadora en propiedad grado 3 del Juzgado 2º de Pequeñas Causas, a la ciudad de Manizales. Lo anterior, en razón a que desde el año 2014 fue diagnosticada con cáncer y su cónyuge fue promovido de cargo y trasladado a la referida ciudad.” Problema Jurídico: “[Se] deberá determinar si el Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca, el Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas y la Unidad Administrativa de Carrera Judicial vulneraron los derechos fundamentales al trabajo y salud en conexidad con los derechos a la vida, integridad personal y unidad familiar de la señora Olga Lucía Mora Otálora, citadora grado 3 del Juzgado Segundo (2º) de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Palmira, al negar el traslado por razones de salud solicitado a la ciudad de Manizales en el cargo de citadora, grado 3 del Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales de Manizales.” Ratio Decidendi: “[C]como existe controversia respecto de la posibilidad de que la actora sea trasladada en propiedad, la Sala estima que una solución razonable es ordenar a la Unidad de Administración de la Carrera Judicial, en asocio con los Consejos Seccionales de la Judicatura de Caldas y del Valle del Cauca, Sala Administrativa, que proceda a efectuar un nombramiento en provisionalidad en el cargo de citador grado 3, o en uno de similar categoría, ya sea en el Centro de Servicios Judiciales de Manizales, o en otra dependencia en la misma ciudad, permitiendo a la actora acceder a una licencia no remunerada
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