Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

42 Mujeres públicas – Limitación de lugares en que pueden tener habitación Extracto No. 5 Radicación CE-1931-02-23 Fecha de la providencia 23 de febrero de 1931 Consejero Ponente Junio E. Cancino Actor Marco T. Berrio Demandado Asamblea de Cundinamarca Medio de Control Nulidad Categoría - Descriptor DERECHO A LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN / MUJERES PÚBLICAS – Ubicación de sus viviendas Hechos Relevantes: Se demanda la nulidad de los incisos B y F del artículo 50 de la ordenanza 22 de 1922, expedida por la Asamblea de Cundinamarca, alusivo al sitio de habitación de las mujeres públicas y a la venta de licores o bebidas fermentadas o embriagantes en las casas de lenocinio, junto con los artículos 32 y 33 del Decreto 167 del mismo año, reglamentario de la ordenanza 22. Problema Jurídico: “Determinar si los incisos B y F del artículo 50 de la ordenanza 22 de 1922, expedida por la Asamblea de Cundinamarca, junto con los artículos 32 y 33 del Decreto 167 del mismo año que la desarrollan, son contrarios a los artículos 19, 23 y 26 de la Constitución; 5º del Acto legislativo número 3 de 1910; 1º del Acto legislativo número V de 1921; 110, 169, ordinal 18, y 235 del Código Político y Municipal.” Ratio Decidendi: “El inciso b) del artículo 50 de la Ordenanza 22 de 1922 [alusivo a una de las funciones de la Inspección de Policía Sanitaria, que dice: “Hacer retirar las mujeres públicas de los lugares en donde no puedan permanecer según las disposiciones respectivas”], contiene un mandato en términos generales, para cuya aplicación se remite al funcionario encargado de ejecutarlo a otras ordenaciones de autoridad competente, mediante las cuales se haya señalado un radio especial para la habitación de las mujeres públicas. Si esto es así, si a la Inspección de Policía Sanitaria no se le ha dado una facultad indiscrecional para la determinación de aquellas zonas, no será el inciso acusado el que venga a quebrantar Ios artículos constitucionales y legales en que se apoya la demanda, porque esa violación, en el caso hipotético de que

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