Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

416 La acción de tutela no es la vía directa para obtener la asignación de subsidios de vivienda, aunque se trate de una víctima del conflicto armado Extracto No. 156 Radicación 05001-23-33-000-2017-02086-01(AC) Fecha de la providencia 1 de diciembre de 2017 Consejero Ponente María Elizabeth García González Actor Rubiela del Socorro Ospina Rave Demandado Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda. Medio de Control Acción de Tutela Categoría - Descriptor DERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN - Discapacidad Hechos Relevantes: La Actora el 29 de junio de 2017 presentó un derecho de petición ante MINVIVIENDA, en el cual solicitó la priorización para la entrega de un subsidio de vivienda; sin embargo, no obtuvo respuesta al mismo. Indicó, que debe ser beneficiaria de los programas de vivienda del Gobierno ya que se encuentra en un estado de vulnerabilidad al ser una persona en situación de discapacidad y “jefe cabeza de hogar”. ProblemaJurídico: “Determinar si enel presentecasoexistió lavulneración del derecho fundamental de petición alegado por la actora y, en segundo lugar, establecer si la accionante debe ser beneficiaria de los subsidios familiares del Gobierno y por lo tanto acceder a su petición de “priorización para la entrega de subsidio familiar”, o si, por el contrario, debe agotar los procedimientos administrativos para acceder a dichos subsidios tal y como lo sostuvo el a quo .” Ratio Decidendi: “[L]a Sala advierte que en el caso sub examine la actora pretende su inclusión en los programas de subsidios de vivienda mediante el presente amparo, no obstante, de admitir la procedencia de la acción de tutela como vía directa para obtener la asignación de subsidios de vivienda, sin que el Estado hubiese dispuesto la correspondiente oferta habitacional y sin que la solicitante, previamente, hubiese participado formalmente dentro del proceso establecido para la asignación del subsidio, implicaría, además de pretermitir mediante vía de tutela el trámite administrativo señalado para tal fin, desconocer

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