Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
Consejo Superior de la Judicatura 379 Causales eximentes de responsabilidad del Estado en los casos de privación injusta de la libertad Extracto No. 141 Radicación 05001-23-31-000-2004-05564-01(43955) Fecha de la providencia 17 de agosto de 2017 Consejero Ponente Marta Nubia Velásquez Rico (E) Actor Paulo César Arboleda Giraldo y otro Demandado Nación – Rama Judicial - Fiscalía General de la Nación Medio de Control Reparación Directa Categoría - Descriptor DERECHO A LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN – Igualdad procesal Hechos Relevantes: Ciudadanos sindicados por la supuesta comisión de los delitos de acceso carnal violento, secuestro simple con finalidad erótico sexual y por la contravención de lesiones personales y, como consecuencia de ello, privados físicamente de su libertad por disposición de la Fiscalía General de la Nación entre el 11 de marzo de 2001 y el 19 de junio de 2002, fecha en que se cumplió la orden de libertad dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, en aplicación del principio in dubio pro reo. Problema Jurídico: ¿ Procede la aplicación de la causal eximente de responsabilidad, de culpa exclusiva de la víctima, al comprobase que la actividad de la administración de justicia no fue la causa eficiente o adecuada de la privación de la libertad de sindicado? Ratio Decidendi: [P]ara el sub examine, se tiene que si bien la exoneración de responsabilidadpenal de los [demandantes] llevaríaaentender que, en principio, se estaría frente a uno de los eventos en que resultaría aplicable el título de imputación de responsabilidad objetiva y que, por ende, el Estado tuviera que indemnizar los perjuicios que le fueron causados por razón de la medida de detención preventiva que los privó de su libertad, lo cierto es que la Sala encuentra configurada la causal eximente de responsabilidad consistente en el hecho exclusivo de la víctima, toda vez que fue la conducta absolutamente reprochable desplegada por los ahora demandantes la que dio lugar a la investigación penal que se adelantó en su contra y por la cual se les privó de su derecho a la libertad. Ciertamente, a juicio de la Sala, en el presente caso está plenamente
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