Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
Consejo Superior de la Judicatura 295 Suspensión de acto administrativo de traslado, para proteger los derechos de la mujer gestante y el nasciturus Extracto No. 109 Radicación 13001-23-31-000-2014-00033-01(AC) Fecha de la providencia 25 de marzo de 2015 Consejero Ponente Sandra Lisset Ibarra Vélez Actor NEDC Demandado Ministerio de Defensa - Policía Nacional - Dirección General y Otro Medio de Control Acción de Tutela Categoría - Descriptor SUJETO DE ESPECIAL PROTECCIÓN - Nasciturus / SUSPENSIÓN DE EFECTOS DE ACTO DE TRASLADO - Compañía del padre brinda estabilidad económica y afectiva / PROTECCIÓN DE DERECHOS A LA VIDA Y A LA SALUD DE LA COMPAÑERA PERMANENTE Y EL NASCITURUS - Suspensión de efectos de acto de traslado de Patrullero de la Policía hasta que culmine el tiempo de gestación y lactancia Hechos Relevantes: “Manifestó [la actora] que vive en unión marital de hecho hace más de dos años con [E.A.G], Patrullero de la Policía Nacional, y se encuentra embarazada con 31 semanas de gestación. Señaló que hasta el 24 de junio de 2014, [E.A.G] prestaba sus servicios como Patrullero adscrito a la SIJIN en la ciudad de Cartagena para la Unidad de Antinarcóticos con muy buenos resultados; no obstante, fue trasladado al Municipio de Turbaco sin justificación alguna, de manera que presentó un derecho de petición y efectuó averiguaciones, por las que se enteró que uno de sus superiores denigraba de su labor en la Institución, lo cual lo convertía en una víctima de persecución laboral por lo que presentó la respectiva queja sin que se le diera tramite. Expuso que desde el mes de septiembre de 2014 le diagnosticaron una enfermedad gestacional conocida con el nombre de “oligohidraminios” por lo que su embarazo es de alto riesgo, debido a que el líquido amniótico, necesario paramantener a su bebé, ha disminuido a niveles peligrosos para su vida, lo cual podría ocasionar que deban realizarle una cesárea con los riesgos que implica tener un bebé prematuro. Agregó que, desde entonces le practican un control con el médico especialista cada 15 días en donde le realizan procedimientos altamente incapacitantes, de manera que la envían a casa para guardar reposo y evitar circunstancias estresantes que ocasionen la disminución del líquido amniótico. Afirmó que el 3 de
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