Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

270 Procedencia excepcional de la acción de tutela para el reclamo de salarios y prestaciones sociales a un particular, que son adeudadas a una mujer en condición de vulnerabilidad Extracto No. 101 Radicación 25000-23-41-000-2014-00840-01(AC) Fecha de la providencia 6 de agosto de 2014 Consejero Ponente Gustavo Eduardo Gómez Aranguren Actor Ana Patricia Murcia Ricaurte Demandado Contraloría General de la República y Otro Medio de Control Acción de Tutela Categoría - Descriptor ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES - Vulneración provocada por el Consorcio Aseo Capital S.A. E.S.P. / SUBORDINACION - Concepto / INDEFENSION - Definición / VULNERACION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL TRABAJO Y A LA SEGURIDAD SOCIAL - Mora en el pago de salarios y prestaciones sociales a mujer cabeza de familia Hechos Relevantes: “Manifiesta la demandante, que en virtud de contrato a término indefinido, labora desde hace más de 19 años en la empresa Consorcio Aseo Capital S.A., E.S.P. Indica que los ingresos derivados de la actividad de Coordinadora en tal empresa constituyen el único medio de subsistencia propia y de sus cuatro hijos e hijas, tres de ellos menores de edad. Relata que el 20 de mayo de 2014, recibió una comunicación del Jefe de Nómina de la empresa Consorcio Aseo Capital S.A., E.S.P., en la que se le informó que por razón de un embargo impuesto en un “proceso que actualmente adelanta la Contraloría General de la República (…) la segunda quincena del mes de Mayo no se le podrá cancelar por razones ajenas a la empresa no cumpliendo (sic) con la obligación de cancelación del factor salarial y posiblemente no se podrá cancelar los aportes a la seguridad social.” Advierte que en razón de tal decisión “es inminente [el] contrato laboral pueda ser terminado o no puedan [pagarle] la quincena y los aportes de seguridad social, y no [podría] contar con los recursos económicos mínimos con [para ofrecer] los servicios de salud, educación, vivienda, acceso a los servicios públicos [de sus] hijos menores.” En ese sentido explica que una de sus hijas requiere de especiales cuidados médicos por una grave discapacidad, por lo cual se hace necesario dispensar una especial protección constitucional. Aduce que la decisión adoptada por la Contraloría General de la República no sólo afecta a su núcleo

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