Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
Consejo Superior de la Judicatura 229 Falla médica – Lesiones a mujer embarazada y muerte del bebé Extracto No. 85 Radicación 19001-23-31-000-1996-09007-02(20996) Fecha de la providencia 27 de abril de 2011 Consejero Ponente Stella Conto Díaz del Castillo Actor Omaira Cifuentes Ñañez y otros Demandado Servicios de Salud del Cauca Medio de Control Reparación Directa Categoría - Descriptor RESPONSABILIDAD MÉDICA OBSTÉTRICA / DERECHO A LA SALUD DE LA MUJER EMBARAZADA / DAÑO AL NASCITURUS Hechos Relevantes: “ [O]maira Cifuentes Ñañez, el 27 de octubre de 1995, durante la cita de control en el Centro de Salud del Balboa de su segundo embarazo, le informó a su médico tratante Jairo Vargas, entre otras cosas, que la anterior gestación había culminado con cesárea. (…) El 8 de noviembre siguiente la señora Omaira presentó síntomas propios del parto y no obstante que la gestante puso de presente, nuevamente, la operación cesárea anterior, el médico insistió en recibir naturalmente al nasciturus. Hospitalizada ese mismo día, el referido profesional Vargas “procedió intencionalmente a romperle la placenta” luego de lo cual se ausentó. (…) A las 8 a.m. del día siguiente -y por varias rogativas de la paciente- acudió el galeno a atender el parto que venía siguiendo un vigilante y una enfermera, con el resultado de un feto muerto con herida en el cráneo que se le imputa al médico. Omaira Cifuentes Ñañez posteriormente fue remitida al Hospital Universitario San José de Popayán, lugar donde le extrajeron la matriz.” Problema Jurídico: ¿Existe responsabilidad del Estado por los daños sufridos por la madre y su bebé durante la atención médico obstétrica? Ratio Decidendi: “[Entonces, establecido que el parto de un embarazo normal -según cuenta el propio médico llamado en garantía que atendió los controles prenatales-, terminó con un feto muerto y la pérdida de la matriz de la madre por fuera de todo presagio, huelga inferir la responsabilidad de la entidad demandada por los siguientes indicios graves y contingente: (i) la asunción de riesgos innecesarios, (ii) la omisión en el registro del estado y evolución de la paciente y (iii) la falta de la autopsia que esclareciera las causas de los daños irrogados por los
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