Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
204 Reconocimiento de perjuicios a mujer cabeza de familia, por daños a su integridad física y estética en accidente de tránsito Extracto No. 75 Radicación 52001-23-31-000-1998-00267-01(18719) Fecha de la providencia 09 de junio de 2010 Consejero Ponente Mauricio Fajardo Gómez Actor Gloria Isabel Zambrano y otros Demandado Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional Medio de Control Reparación Directa Categoría - Descriptor DERECHO A LA SALUD – Atención diferenciada – Tratamientos médicos y odontológicos estéticos necesarios / DERECHO A UNA FAMILIA Y AL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MISMA / DERECHOS LABORALES AL TRABAJO Y A LA SEGURIDAD SOCIAL- Igualdad salarial. Salario. Hechos Relevantes: “ [E]n la tarde del 2 de junio de 1997, en el municipio de San Juan de Pasto, la señora Gloria Isabel Zambrano y su hija Ana Carolina Ramírez Zambrano se encontraban en la calle 16 con carrera 32 esperando transporte público, cuando fueron arrolladas por un vehículo automotor tipo panel, de propiedad de la Policía Nacional.” Problema Jurídico: [¿Al indemnizar a una mujer por lesiones que producen alteraciones físicas y estéticas que afectan su calidad de vida, su estado psicológico y autoestima, es decir, alteran sus condiciones de existencia, debe tenerse en cuenta la perspectiva de género?]. Ratio Decidendi: [L]as lesiones y cicatrices sufridas por las demandantes causaron, además de lo anterior, un deterioro en su integridad física y estética, las cuales repercuten, sin duda, en su autoestima, pues resulta indiscutible que la sociedad actual ha impuesto unos parámetros de belleza para el género femenino, bajo los cuales unamujer con defectos físicos tales como cicatrices o problemas en la movilidad (cojera), tal y como lo presentan las demandantes, resulta objeto de críticas y/o de rechazo por parte de la comunidad, la cual exige cada vez más al género femenino mantener una imagen armoniosa y delicada. La anterior consideración no significa un trato desigual para con el hombre, sino el reconocer la condición de mujer de acuerdo con las exigencias que por razones histórico–sociales se han constituido para
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