Enfoque Diferencial y Equidad de Genero
176 Despido injustificado – Protección a la maternidad Extracto No. 64 Radicación 25000-23-25-000-2002-12291-01(8064-05) Fecha de la providencia 1 de junio de 2006 Consejero Ponente Jaime Moreno García Actor Johana Daza Venegas Demandado Congreso de la República – Cámara de Representantes Medio de Control Nulidad y Restablecimiento del Derecho Categoría - Descriptor DERECHOS LABORALES, AL TRABAJO Y A LA SEGURIDAD SOCIAL – Fuero de maternidad Hechos Relevantes: Expone la demandante que se vinculó al Congreso de la República en el cargo de Asistente V de la Unidad de Trabajo Legislativo de la Representante a la Cámara (…), mediante resolución No. 0716 del 28 de julio de 1999, y allí se encontraba el 13 de febrero de 2002, cuando informó al Jefe de la División de Personal que estaba embarazada; que en vista de la no reelección como parlamentario de (…), radicó el 18 de junio de 2002 un derecho de petición en el cual solicitaba que se le informara si iba a continuar laborando, atendiendo su estado de gravidez, el cual fue respondido mediante Oficio D.P. 4.1 No. 4078 del 22 de julio de 2002, pero sin resolver directamente lo pedido; que no obstante lo anterior, fue separada de su cargo mediante resolución No. 1147 del 19 de julio de 2002. Problema Jurídico: ¿Es válido el despido de la funcionaria en embarazo, cuando no se tiene conocimiento sobre su estado de gravidez? Ratio Decidendi: Para que operen efectivamente las normas protectoras de la maternidad es necesario que la entidad en donde la empleada preste sus servicios personales tenga pleno conocimiento del estado de embarazo de la servidora, quien debe informarlo en forma oportuna y mediante prueba que así lo acredite. En esas condiciones, la Sala considera que en el presente caso se infringió la ley, pues el nominador no podía ejercer válidamente la potestad de libre nombramiento y remoción para retirar del servicio a la actora sin que mediara una justa causa y que ella obligara además a su desvinculación, es decir, que en tal providencia debió explicitarse el motivo por el cual se procedía a terminar la relación laboral, yaque estádemostrado que lademandante
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