Enfoque Diferencial y Equidad de Genero

172 Ratio Decidendi: La conducta asumida por el señor Urrea Castaño frente a su subalterna, prevalido de su condición de superior jerárquico, es una muestra clara de abuso de poder y de extralimitación en el ejercicio de sus funciones, pues desconoció abiertamente los deberes que su condición de agente estatal le impuso; más aún, lejos de ser una conducta desprevenida y aislada, fue intencional, querida y permanente, ya que sometió a la señora García a un trato degradante, discriminatorio y humillante, comportamiento que se puede calificar como de doloso, dado que pretendió alcanzar un resultado contrario a derecho, conciente de que con su conducta quebrantaba una obligación y vulneraba un interés jurídico ajeno. Con su actuar, el señor Urrea vulneró varias disposiciones del ordenamiento constitucional, entre ellas, el artículo 12: “Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”; El artículo 43: “La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación”. Conforme a lo anterior, se concluye que la conducta dolosa del señor Urrea Castaño fue la causante de que la señora García renunciara al cargo de Secretaria Ejecutiva de la Dirección General del Ministerio de Minas y Energía, y de que dicha entidad haya sido condenada por el Tribunal Administrativo deCundinamarca, a pagar a la víctima, las sumas de dinero dejadas de percibir durante el tiempo que permaneció por fuera de la entidad. En esas condiciones, se encuentran suficientemente acreditados los presupuestos del artículo 90 de la Carta Política, por lo que el señor Samuel Urrea Castaño será condenado a reintegrar, a la Nación-Ministerio de Minas y Energía, la suma pagada por ésta, como consecuencia de la condena impuesta. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia y en virtud de ello, condenó al señor Samuel Urrea Castaño, a pagar a la Nación- Ministerio de Minas y Energía la suma de ( $54.928.844.oo) .

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz