Código de Procedimiento - Ley 1437 modificada
277 Botero. Consejo de Estado, Sección Tercera, de 16 de mayo de 2019, expediente 66001- 23-31-000-2007-00005-01, M.P. Danilo Rojas Betancourth. Concordancias: Artículos 277 numerales 1, 2, 3, 4, 7 y 10 e inciso final y 278 numeral 5 e inciso final de la Constitución Política. Artículos 137, 141, 142, 159, 160, 161 numeral 1, 171 numeral segundo, 172, 198 numeral 3, 199, 248 a 266, 269, 272 a 274, 277 numeral 3, 298, 299 y 300 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 23 de la Ley 640 de 2001. Artículos 46 y 613 de la Ley 1564 de 2012. TÍTULO XI PLAN ESPECIAL DE DESCONGESTIÓN, RÉGIMEN DE TRANSICIÓN, VIGENCIA Y DEROGATORIAS Artículo 304. Plan Especial de Descongestión. Dentro del año siguiente contado a partir de la promulgación de la ley, el Consejo Superior de la Judicatura con la participación del Consejo de Estado, preparará y adoptará, entre otras medidas transitorias, un Plan Especial de Descongestión de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, cuyo objetivo es el de llevar hasta su terminación todos los procesos judiciales promovidos antes de la entrada en vigencia de la presente ley y que se encuentren acumulados en los juzgados y tribunales administrativos y en el Consejo de Estado. El Plan Especial de Descongestión funcionará bajo la metodología de Gerencia de Proyecto, adscrito a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la cual contratará un gerente de proyecto de terna presentada por la Sala Plena del Consejo de Estado, corporación que tendrá en cuenta, especialmente, a profesionales con experiencia en diagnósticos sobre congestión judicial, conocimiento especializado sobre el funcionamiento la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y en dirección y ejecución de proyectos en grandes organizaciones. El gerente de proyecto será responsable de dirigir la ejecución del plan y coordinar las tareas operativas con el Consejo de Estado, los tribunales y juzgados de lo contencioso administrativo y las demás instancias administrativas o judiciales involucradas. El Plan Especial deDescongestión se ejecutará en el grupode despachos judiciales seleccionados para el efecto, de acuerdo con los volúmenes de negocios a evacuar y funcionará en forma paralela a los despachos designados para asumir las nuevas competencias y procedimientos
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