Código de Procedimiento - Ley 1437 modificada

199 misma naturaleza y categoría del que desempeñaba en el momento de la desvinculación, podrá solicitar al juez de primera instancia la fijación de una indemnización compensatoria. De la solicitud se correrá traslado al demandante por el término de diez (10) días, término durante el cual podrá oponerse y pedir pruebas o aceptar la suma estimada por la parte demandada al presentar la solicitud. En todo caso, la suma se fijará teniendo en cuenta los parámetros de la legislación laboral para el despido injusto y el auto que la señale solo será susceptible de recurso de reposición. Nota 1: Mediante sentencia C-400 de 2013 la Corte Constitucional declaró EXEQUIBLE el inciso tercero salvo la expresión subrayada “constitucional”, la cual se declaró INEXEQUIBLE. Nota 2: Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, Sentencia de Unificación, expediente 2015-00029-00, 26 de mayo de 2017, M.P. Carlos Enrique Moreno Rubio. Concordancias: Artículos 17 inciso 4, 51 inciso 4, 135 a 138, 140, 141, 146, 158 inciso 2, 180 numeral 3 inciso 4, 184 numeral 2, 187, 203 y 231 numeral 4 literal b), 242 inciso 1, 267, 277 numeral 6 inciso 2 de la Ley 1437 de 2011. Artículos 302 a 304 de la Ley 1564 de 2012. Artículo 190. Deducción por valorización. En la sentencia que ordene reparar el daño por ocupación de inmueble ajeno se deducirá del total de la indemnización la suma que las partes hayan calculado como valorización por el trabajo realizado, a menos que ya hubiera sido pagada la mencionada contribución. En esta clase de procesos, cuando se condenare a la entidad pública o a una privada que cumpla funciones públicas al pago de lo que valga la parte ocupada del inmueble, la sentencia protocolizada y registrada obrará como título traslaticio de dominio. Concordancias: Artículos 140 y 191 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 90 de la Constitución Política. Artículo 191. Transmisión de la propiedad. Si se tratare de ocupación permanente de una propiedad inmueble, y se condenare a una entidad pública, o a una entidad privada que cumpla funciones públicas al pago de lo que valga la parte ocupada, la sentencia protocolizada y registrada obrará como título traslaticio de dominio. Concordancia: Artículo 190 de la Ley 1437 de 2011.

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