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282 Asuntos Electorales 2019 Sección Quinta ADMISIÓN DE LA DEMANDA Y SUSPENSIÓN PROVISIONAL POR PRESUNTO DESCONOCIMIENTO DE LA FIGURA DE LA SILLA VACÍA Extracto No. 19 Radicado: 11001-03-28-000-2019-00024-00 Fecha: 08/08/2019 Tipo de Providencia: Auto Ponente: Carlos Enrique Moreno Rubio Actor: Oscar Rodríguez Ortiz Demandado: Soledad Tamayo Tamayo – Senadora de la República – Período 2018-2022 Medio de Control: Nulidad Electoral PROBLEMA JURÍDICO: Corresponde a la Sala resolver si procede la solicitud de suspensión provisional del acto de llamamiento efectuado por el presidente del Senado de la República de la señora Soledad Tamayo Tamayo para ocupar el lugar de la señora Aida Merlano Rebolledo en esa Corporación para el período 2018 – 2022. TESIS: [L]a parte actora solicitó el decreto de la medida cautelar de suspensión provisional del acto acusado en atención a que en su criterio con su expedición se desconoció lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política en lo referente a la aplicación de la figura denominada “silla vacía” por cuanto, al encontrarse la señora Aida Merlano Rebolledo cobijada por una medida de aseguramiento de detención preventiva no podía ser reemplazada en el Senado de la República. (…). [E]s claro que los congresistas no pueden tener suplentes, como ocurría en el pasado; sin embargo, la norma establece que cuando se generen algunas vacancias absolutaso temporales,lacurul puede ser ocupadapor candidatosnoelegidos según el orden de inscripción –en el caso de lista cerrada- o de votación – en el evento de lista abierta con voto preferente-. (…). Esta prohibición de reemplazo es la que se conoce doctrinariamente con el nombre de “silla vacía”; con ella se busca que la agrupación política que avaló o respaldó al congresista que posteriormente resultó investigado y/o condenado por los delitos anteriormente relacionados, pierda la curul en el Congreso, a manera de sanción por la conducta cometida por el avalado. (…). [L]a denominada “silla vacía” es una sanción para los partidos y movimientos políticos que han avalado congresistas que han participado en actividades delictivas relacionadas con grupos armados ilegales al margen de la ley, narcotráfico, contra la administración pública, contra los mecanismos de participación democrática y de lesa humanidad; que impide la agrupación política en cuestión ocupe con otro integrante, la curul del congresista investigado o condenado, lo cual afecta además el quorum de la respectiva Cámara. En este evento, el fundamento de la solicitud es el presunto desconocimiento de la prohibición de reemplazo del artículo 134 Constitucional toda vez que, (…), la señora Aida Merlano Rebolledo fue cobijada con medida de aseguramiento de detención preventiva por la comisión de delitos contra la
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