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82 Norma Decreto 1630 de 2019 Autoridad Ministerio de Salud y Seguridad Social Fecha 9 de septiembre de 2019 Etiquetas Reglamentación de medidas de atención Contenido Por el cual se sustituye el Capitulo 1 del Titulo 2 de la Parte 9 del Libro 2 del Decreto 780 de 2019, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social relativo a las mujeres victimas de violencia. Establece las acciones en el Plan Decenal de Salud Pública Nacional, la garantía de acceso a la salud para las mujeres víctimas de violencias y su hijas e hijos, la obligación de actualizar las guías y protocolos de atención en salud, así como de reportar hechos de violencias contra las mujeres al Sistema Integral de Información de Protección Social –SISPRO-. Define las medidas de atención para mujeres víctimas, la prestación de las mismas (cri- terios, plazo, contenido de la orden), los procedimientos considerando si la solicitud se presenta ante una autoridad de salud, de protección (Comisarías, Jueces), las causales de terminación de las medidas y el pago de las medidas por parte del agresor. Normas relacionadas Ley 1257 de 2008 Decreto 4796 de 2011 Decreto 2734 de 2012 Pág. 75 78 81 Observaciones El decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Pro- tección Social, unificó precisamente la normatividad en atención en salud, y en el Capítulo 1 del Título 2 de la 9 del Libro 2 contiene las acciones de atención a las mujeres víctimas. Por ello, el decreto regla- mentario es una modificación. Referencia bibliográfica Ministerio de Salud y Seguridad Social. (9 de septiembre de 2019) Decreto 1630 de 2019.
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