kit subk-junio 08
45 Violencia contra la mujer - normatividad nacional La definición de la violencia contra la mujer se encuentra en el artículo 2 de la Ley 1257 de 2008: Por violencia contra la mujer se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado. Puede consultar: Módulo 5: Ley 1257 de 2008, pág. 75 Glosario: Tipos de violencia contra la mujer, pág. 250 y ss.
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