kit subk-junio 08

246 “El género se refiere a “los atributos, las acti- vidades, las conductas y los roles establecidos socialmente [de la mujer y el hombre] (…) estos influyen en la manera en que las personas actúan, interactúan y en cómo se sienten sobre sí mismas (American Psychological Association, Citado en Corte Constitucional, T-804/14). “La vivencia interna e individual del género tal como cada persona la experimenta profundamen- te, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría invo- lucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de técnicas médicas, quirúrgi- cas o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de gé- nero, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales” (Naciones Unidas, la Comisión In- teramericana de Derechos Humanos y Principios de Yogyakarta, Citados en Corte Constitucional, T-143/18). “Mujer rural es toda aquella que sin distingo de ninguna naturaleza e independientemente del lu- gar donde viva, su actividad productiva está rela- cionada directamente con lo rural, incluso si dicha actividad no es reconocida por los sistemas de información y medición del Estado o no es remu- nerada” (Ley 731 de 2002, art. 2). Género Identidad de género Mujer rural

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz