kit subk-junio 08

245 Expresión de género “La expresión de género ha sido entendida como la manifestación externa de los rasgos cul- turales que permiten identificar a una persona como masculina o femenina conforme a los pa- trones considerados propios de cada género por una determinada sociedad en un momento histó- rico determinado” (Rodolfo y Abril Alcaraz, 2008; Citado en Corte Constitucional, T-804/14). “La vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asig- nado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involu- crar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libre- mente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales” (Principios de Yogyakarta). El feminicidio es cuando “el ejercicio del poder en contra de las mujeres culmina con su muer- te, generalmente tras una violencia exacerbada, porque su vida tiene un lugar y valor social de última categoría”, el asesinato de una mujer tie- ne como parte de su motivación unas condiciones socioculturales discriminatorias (Corte Constitu- cional, C-297/16). Por ello se puede cometer con- tra mujeres Trans también, ya que es la identidad de género para la determinación de acabar con esa vida. En Colombia, se encuentra integrado al Código Penal en su artículo 104A por la ley 1761 de 2015. Feminicidio

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