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194 Puede consultar: Glosario: Derechos reproductivos, pág. 240 (ii) “realizar las modificaciones legislativas y de políticas públicas sobre los temas de Salud Reproductiva y Planificación Familiar, eliminando de su contenido cual- quier enfoque discriminatorio y respetando la autonomía de las mujeres”, así como revisar los procesos por otras violaciones de derechos humanos cometidas en la ejecución del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familia, para la judicialización de los responsables y la reparación a las víctimas, e imple- mentar medidas de monitoreo y de garantía de respeto de los derechos humanos de las usuarias en el sistema de salud, particularmente en derechos reproductivos.” Observaciones La solución amistosa es parte del procedimiento de conocimiento de peticiones (casos) individuales, en el cual, mediante el diálogo entre los peticionarios y el Estado se pretende alcanzar acuer- dos para el reconocimiento de la responsabilidad por la violación de derechos humanos y medidas de reparación para las víctimas directas así como para la sociedad. Referencia bibliográfica CIDH. Informe Solución Amistosa, N˚ 71/03, María Mamérita Mes- tanza Chávez (Perú), 10 de octubre de 2003.
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