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7 1.2 Justificación Se espera que las funciones públicas, en general, y la función judicial, en par- ticular, se desarrollen en pro de los derechos de las mujeres, con atención al derecho de igualdad y el principio de no discriminación como una priori- dad para la paz y la construcción de sociedades más justas y democráticas. En primer lugar, ello constituye una obligación internacional de los Estados, que debe ser asumida y garantizada por todos aquellos/as que cumplan con una función pública. Las convenciones internacionales como la De- claración de los Derechos Humanos, la Carta de las Naciones Unidas, la Convención de los Derechos de los Niños y las Niñas, la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre personas con discapacidad son todos instrumentos que consagran la obligación de garantizar los Derechos Humanos en términos de igualdad y en un ambiente sin discriminación, que permitan el goce de los derechos. Por otro lado, también existen instrumentos de protección regionales que, a su vez, han consagrado la misma obligación, como por ejemplo la Con- vención Americana de Derechos Humanos, la Convención de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer, también cono- cida como la Convención Belem do Pará. A nivel nacional, existen una serie de normas que reconocen los derechos de las mujeres, a saber: Ley 1257 de 2008, Ley 1959 de 2019, Ley 1719 de 2014, Ley 1761 de 2015, que conforman el cuerpo normativo de protec- ción a los derechos de las mujeres e imponen obligaciones de carácter especializado al Estado.Tanto las instancias nacionales como internaciona- les han reconocido la necesidad de garantizar el acceso a la justicia de las mujeres, eliminando los obstáculos que impiden el goce integral de este derecho. Por ello, la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial (CNGRJ) consciente de que los jueces/zas juegan un rol fundamental en la supera- ción de las barreras, al hacer parte de la ruta de atención a las mujeres y participar fundamental en la garantía del derecho humano de acceso a la justicia, propone la elaboración del Módulo Género y Derechos, lo que constituye un esfuerzo más de la CNG, en la búsqueda de cualificar a los funcionarios/as judiciales en la incorporación de la perspectiva de género, en la toma de decisiones, a través de la formación especializada en torno, esta vez, concretamente, al derecho de igualdad y el principio de no dis- criminación.
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