235504 Memorias 2018 Tomo I

585 MEMORIA 2018 / CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL “Artículo 11. Las disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables en lo que correspondan a la elección de los contralores departamentales, distritales, y mu- nicipales, en tanto el Congreso de la República expida disposiciones especiales para la materia”. “Artículo 12. Vigencia y derogaciones. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas (sic) disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 23 de la Ley 5 de 1992. Parágrafo transitorio. Mientras el Congreso de la República regula las demás elec- ciones de servidores públicos atribuidas a las corporaciones públicas conforme lo es- tablecido en el inciso cuarto del artículo 126 de la Constitución Política, la presente ley se aplicará por analogía”. Se indica en la consulta que las disposiciones de esta ley, la cual rige desde el 27 de junio de 2018, se aplican en lo que correspondan, a la elección de los Contralores depar- tamentales, distritales y municipales y también, por analogía, a las demás elecciones de servidores públicos a cargo de corporaciones públicas, según lo establecido por el artícu- lo 126 de la Constitución Política. Con base en lo expuesto, el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública formula la siguiente Pregunta : “¿Teniendo en cuenta que el secretario del concejo es de elección de la respectiva cor- poración, se consulta si para el procedimiento de la elección se debe aplicar lo señalado en la Ley 136 de 1994 o se debe aplicar por analogía el parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley 1904 de 2018? II. CONSIDERACIONES Para dar respuesta al interrogante formulado por el Director del Departamento Admi- nistrativo de la Función Pública, la Sala abordará los temas en el siguiente orden: i) La elección de los Secretarios de los Concejos Municipales; ii) El inciso cuarto del artículo 126 de la Constitución Política y la aplicación analógica de la Ley 1904 de 2018; iii) La analogía de las normas jurídicas; iv) La aplicación de la Ley 1904 de 2018 por analogía, a la elección de los Secretarios de los Concejos Municipales. A. La elección de los Secretarios de los Concejos Municipales La Constitución Política establece en el artículo 312, modificado por el artículo 5º del Acto Legislativo No. 1 de 2007, que en cada municipio hay una corporación político-admi- nistrativa elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años que se denomina Con- cejo Municipal, integrado por no menos de 7, ni más de 21 miembros, según lo determine la ley de acuerdo con la población respectiva.

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