235504 Memorias 2018 Tomo I
52 MEMORIA 2018 / CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL No. RADICACIÓN PARTES DECISIÓN CONSEJERO PONENTE 51. 201800195 Conflicto de competencias ad- ministrativas suscitado entre la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Con- tribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), el Mi- nisterio de Relaciones Exteriores - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la Fiscalía General de la Nación - Policía Judicial, el Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional de Colombia, Fiduciaria La Previso- ra S. A. y la Unidad Nacional de Protección, con el fin de deter- minar la autoridad administrati- va competente que debe asumir el estudio del pago del aporte patronal que le correspondería al extinto Departamento Admi- nistrativo de Seguridad (DAS), teniendo en cuenta la reliquida- ción pensional realizada por la UGPP en favor de la señora Ana Graciela Peña Sánchez, según Resolución No. RDP 017896 de 2014 y en cumplimiento de una orden judicial. Declarar competente al Pa- trimonio Autónomo de De- fensa Jurídica del extinto DAS y su Fondo Rotatorio, administrado y representa- do legalmente por la socie- dad Fiduprevisora S. A. para asumir el estudio del pago del aporte patronal que le correspondería al extinto Departamento Administrati- vo de Seguridad (DAS), como consecuencia de la reliqui- dación de la pensión de ve- jez de la señora Ana Graciela Peña Sánchez. Édgar González López 52. 201800196 Conflicto de competencias ad- ministrativas suscitado entre la Unidad Administrativa Es- pecial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), el Ministerio de Relaciones Exte- riores - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la Fiscalía General de la Nación - Policía Judicial, el Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional de Colombia, Fiducia- ria La Previsora S. A. y la Unidad Nacional de Protección, con el fin de determinar la autoridad administrativa competente para asumir el estudio del pago de los aportes patronales que le correspondían al extinto De- partamento Administrativo de Seguridad (DAS), teniendo en cuenta la reliquidación pensio- nal realizada por la UGPP en favor del señor Miguel Antonio Pardo Caballero, según las re- soluciones RDP 028527 del 19 de septiembre de 2014 y RDP 018907 del 25 de mayo de 2018 y en cumplimiento de una or- den judicial. Declarar competente al Pa- trimonio Autónomo de De- fensa Jurídica del extinto DAS y su Fondo Rotatorio, administrado y representa- do legalmente por la socie- dad Fiduciaria La Previsora Fiduprevisora S. A., para asumir el estudio del pago del aporte patronal que le correspondería al extinto Departamento Administra- tivo de Seguridad (DAS), en cumplimiento del fallo judi- cial proferido por el Juzgado Treinta Administrativo de Bogotá, Sección Segunda, que ordenó la reliquidación de la pensión de vejez del señor Miguel Antonio Pardo Caballero, de conformidad con las razones expuestas. Álvaro Namén Vargas
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