235504 Memorias 2018 Tomo I

48 MEMORIA 2018 / CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL No. RADICACIÓN PARTES DECISIÓN CONSEJERO PONENTE 40. 201800147 Presunto conflicto de compe- tencias administrativas suscita- do entre el municipio de Santa Bárbara (Antioquia) y la Admi- nistradora Colombiana de Pen- siones (Colpensiones), con el fin de determinar la autoridad ad- ministrativa competente para estudiar la solicitud de recono- cimiento y pago de la pensión de sobrevivientes presentada por Rosalba Caro Morales en su condición de cónyuge supérsti- te del señor Martín Emilio Villa- da Bedoya. Declararse inhibida para emitir un pronunciamien- to de fondo en el presente asunto por inexistencia de conflicto negativo de compe- tencias administrativas. Álvaro Namén Vargas 41. 201800148 Conflicto de competencias ad- ministrativas suscitado entre la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contri- buciones Parafiscales (UGPP), con el fin de determinar la au- toridad administrativa compe- tente para resolver de fondo la solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de vejez presentada por el señor Henry Bautista Cacua. Declarar competente a la Unidad Administrativa Es- pecial de Gestión Pensio- nal y Contribuciones Pa- rafiscales de la Protección Social (UGPP) para resolver de fondo la solicitud de re- conocimiento pensional pre- sentada por el señor Henry Bautista Cacua. Germán Alberto Bula Escobar 42. 201800149 Conflicto de competencias ad- ministrativas suscitado entre la Unidad Administrativa Es- pecial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), con el fin de determinar la autoridad administrativa competente para resolver de fondo la solicitud de pensión de vejez presentada ini- cialmente a Colpensiones por la señora Edilma Moya Cuartas. Declarar que la Administra- dora Colombiana de Pen- siones (Colpensiones) es la entidad competente para resolver de fondo la solicitud de reconocimiento pensio- nal presentada por la señora Edilma Moya Cuartas. Óscar Darío Amaya Navas

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