235504 Memorias 2018 Tomo I
37 MEMORIA 2018 / CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL No. RADICACIÓN PARTES DECISIÓN CONSEJERO PONENTE 7. 201700182 Presunto conflicto de compe- tencias administrativas susci- tado entre la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y la Caja de Previsión Social del municipio de Bucaramanga, con el fin de determinar la autoridad ad- ministrativa competente para tramitar la solicitud de recono- cimiento pensional presentada por el señor Mario Gamboa. Declararse inhibida para co- nocer del presunto conflicto de competencias adminis- trativas suscitado entre la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensio- nes) y la Alcaldía de Bucara- manga - Fondo Territorial de Pensiones del municipio de Bucaramanga y la empresa de Telebucaramanga, en relación con la solicitud de reconocimiento pensional presentada por el señor Ma- rio Gamboa. Óscar Darío Amaya Navas 8. 201700190 Conflicto de competencias ad- ministrativas suscitado entre la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), el Fondo Nacional de Prestacio- nes Sociales del Magisterio y el Fondo de Prestaciones Econó- micas, Cesantías y Pensiones (Foncep), con el fin de determi- nar la autoridad administrativa competente para resolver de fondo la solicitud de reconoci- miento del derecho pensional que reclama la señora Mercedes Bustillo de Bueno. Declarar competente al Fon- do Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio para resolver de fondo sobre la pensión de jubilación recla- mada por la señora Merce- des Bustillo De Bueno. Germán Alberto Bula Escobar 9. 201700198 Presunto conflicto de compe- tencias administrativas susci- tado entre la Administradora Colombiana de Pensiones (Col- pensiones) y la Unidad Admi- nistrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), con el fin de determinar la autoridad ad- ministrativa competente para tramitar la solicitud de recono- cimiento pensional de la seño- ra Nubia de los Santos Fedullo Díaz Granados. Declararse inhibida para emitir pronunciamiento de fondo en el presente asunto por inexistencia de conflicto de competencias adminis- trativas, en relación con la solicitud de la señora Nubia de los Santos Fedullo Díaz Granados. Édgar González López
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